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La presente Base Normativa se encuentra en estado de revisión.
Los usuarios convienen en exonerar de responsabilidad a la Intendencia de Montevideo, División Asesoría Jurídica, Equipo Técnico de Actualización Normativa e Información Jurídica, por todo tipo de daño o perjuicio, directo o indirecto que eventualmente puedan sufrir especialmente los derivados de involuntarias inexactitudes, falta de información o datos imperfectos de cualquier naturaleza, contenidos en los archivos de dicha base.

TOTID
Título VII
Departamento de Recursos Financieros
Capítulo I
Servicio Ingresos Comerciales
Sección I
Tasa de Papel Timbrado. Timbres y Sellados
 Segunda Parte. Exoneraciones

Artículo 320.3 ._

Aprobar la siguiente reglamentación del artículo 28o. del Decreto No. 31.688, de 30 de junio de 2006:
El Servicio de Registro Civil y los Servicios Centros Comunales Zonales expedirán gratuitamente testimonios de partidas de estado civil, solicitadas por personas en situación carenciada para la realización de trámites ante organismos públicos.

FuenteObservaciones
num. 1