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La presente Base Normativa se encuentra en estado de revisión.
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TOTID
Título III
Departamento de Desarrollo Social
Capítulo III
Servicio Médico
Sección I
Carné de Salud

Artículo 128 ._

(Carné de salud). Se establece el precio del carné de salud en la suma de $ 400 (pesos uruguayos cuatrocientos) para público en general, $ 200 (pesos uruguayos doscientos) para usuarios de la Administración de los Servicio de Salud del Estado (ASSE) y del Hospital Policial (con quienes se suscribieron convenios), manteniéndose en forma gratuita para participantes de programas sociales del Ministerio de Desarrollo Social (MIDES), de esta Intendencia y de ONG's que realizan trabajo social.

FuenteObservaciones
num. 1
num. 1
num. 1
num. 2