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La presente Base Normativa se encuentra en estado de revisión.
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TOTID
Título VII
Departamento de Recursos Financieros
Capítulo I
Servicio Ingresos Comerciales
Sección VI
Impuesto a la Propaganda
 Primera Parte. Normas Generales

Artículo 371 ._

(Permisos para la utilización de espacios en terrenos y paredes de edificios del dominio privado de la Intendencia). Autorízase a la Intendencia de Montevideo a otorgar permisos para la autorización de espacios en terrenos y paredes de edificios del dominio privado de la Intendencia, destinados a la instalación de carteles o anuncios de propaganda por el precio superior al establecido en el artículo 35 numeral 1º de la ley 9.515, de 26 de octubre de 1935.

FuenteObservaciones
art. 1