(Obras nuevas en Areas de Promoción -art.63 del POT-). Exonerar del 100% del Impuesto de Contribución Inmobiliaria por el plazo de cuarenta y ocho meses a las obras nuevas que se implanten en áreas de promoción definidas en el art. D. 63 del Plan de Ordenamiento Territorial, y en las resoluciones Nros. 4856/00, 4585/01 y 197/02 dictadas al amparo de los artículos D. 8 literal A) y D. 63 del Decreto No. 28.242.
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Los usuarios convienen en exonerar de responsabilidad a la Intendencia de Montevideo, División Asesoría Jurídica, Equipo Técnico de Actualización Normativa e Información Jurídica, por todo tipo de daño o perjuicio, directo o indirecto que eventualmente puedan sufrir especialmente los derivados de involuntarias inexactitudes, falta de información o datos imperfectos de cualquier naturaleza, contenidos en los archivos de dicha base.
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