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La presente Base Normativa se encuentra en estado de revisión.
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TOTID
Título VII
Departamento de Recursos Financieros
Capítulo III
Servicio de Ingresos Inmobiliarios
Sección III
Impuesto a la Edificación Inapropiada
 Primera Parte. Normas Generales

Artículo 513.5 ._
DEROGADO

Norma transitoria ha perdido vigencia.


Amplíase hasta el 30 de junio de 2005 la vigencia de la exoneración de los impuestos a la Edificación Inapropiada y a los Baldíos a las viviendas económicas, establecida en el Art. 11 del Decreto 29.674 de 29/10/01, con relación a las construcciones edificadas con anterioridad al 31 de diciembre de 2003.

FuenteObservaciones
art. 10