Back to top
La presente Base Normativa se encuentra en estado de revisión.
Los usuarios convienen en exonerar de responsabilidad a la Intendencia de Montevideo, División Asesoría Jurídica, Equipo Técnico de Actualización Normativa e Información Jurídica, por todo tipo de daño o perjuicio, directo o indirecto que eventualmente puedan sufrir especialmente los derivados de involuntarias inexactitudes, falta de información o datos imperfectos de cualquier naturaleza, contenidos en los archivos de dicha base.

TOTID
Título V
Departamento de Movilidad
Capítulo V
Servicio Contralor y Registro de Vehículos
Sección IV
Expedición de Juegos de Placas de Matrícula de Vehículos Automotores

Artículo 187.1 ._

Por el cambio de placas de matrícula, la expedición del documento de identificación vehicular –D.I.V. – y su envío a domicilio, la Intendencia cobrará la suma que resulte del costo correspondiente, incluidos todos los importes directos e indirectos de los insumos y la gestión y la gestión administrativa.
En el caso de vehículos que empadronaron o reempadronaron en el período que va desde el 27 de noviembre al 31 de diciembre de 2000, si les fueron entregadas placas de matrícula viejas, su cambio no tendrá costo.

FuenteObservaciones
art. 2