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La presente Base Normativa se encuentra en estado de revisión.
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TOTID
Título I
Normas Generales de Derecho Tributario Departamental
Capítulo II
Derecho Tributario Material
Sección V.I
Tribunal de Quitas y Esperas

Artículo 18.2 ._

(Competencia del Tribunal). Será competencia de este Tribunal asesorar al Ejecutivo respecto a la concesión de quitas, esperas y fórmulas de pago no previstas normativamente, respecto de deudas generadas por tributos o precios que justifiquen por circunstancias de excepcionalidad un tratamiento diferenciado.

Al respecto, se tendrá fundamentalmente en cuenta a los sectores de menores ingresos, a los tributos o precios vinculados a vivienda modestas destinadas a uso familiar y a los buenos antecedentes como contribuyente del peticionante.

FuenteObservaciones
art. 1
Se deroga inciso 3º del artículo 18.2.
art. 13
Se agrega inciso 3º al artículo 18.2.
art. 2
Nota:

Ver artículo 18.19 y 18.20 del TOTID