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La presente Base Normativa se encuentra en estado de revisión.
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TOTID
Título IV
Prosecretaría General
Capítulo
Servicio de Convivencia Departamental
Sección I
Tasa por Inspección y Habilitación de Locación o Sub - Locación o Cesión de Arrendamiento

Artículo 134 ._

(Hecho Generador). La ocupación de fincas, apartamentos o locales que sean objeto de contrato de arrendamiento, cualesquiera sea el destino de la locación, deberá contar con la previa autorización de la Intendencia, mediante la cual se acredite que aquellos se hallan en buen estado de higiene, salubridad, conservación y seguridad.

FuenteObservaciones
art. 1