Deuda Patente de Rodado. Los vehículos que, a la fecha de aprobación del presente decreto mantengan deudas por Patente de Rodado superior al cincuenta por ciento del valor de aforo del rodado y que no hayan realizado el último cambio de placas de matrícula, podrán proceder a la cancelación total de la misma abonando como máximo el cincuenta por ciento del valor del aforo del vehículo.
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La presente Base Normativa se encuentra en estado de revisión.
Los usuarios convienen en exonerar de responsabilidad a la Intendencia de Montevideo, División Asesoría Jurídica, Equipo Técnico de Actualización Normativa e Información Jurídica, por todo tipo de daño o perjuicio, directo o indirecto que eventualmente puedan sufrir especialmente los derivados de involuntarias inexactitudes, falta de información o datos imperfectos de cualquier naturaleza, contenidos en los archivos de dicha base.
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