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La presente Base Normativa se encuentra en estado de revisión.
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TOTID
Título VIII
Departamento de Desarrollo Económico
Capítulo I
Unidad Gestión Comercial
Sección I
Permiso para establecer Quioscos Fijos y Puestos/Quioscos Rodantes en la Vía Pública

Artículo 601.26.6 ._

(Zonas y categorías. Quioscos fijos instalados en la vía pública) Prestar aprobación a las zonas y categorías que se detallan seguidamente, que rigen para la aplicación de las tarifas para quioscos fijos instalados en la vía publica:
LIMITES
ZONA 1
Rambla Sur, Rambla Gran Bretaña, Rambla Naciones Unidas, Rambla Francia, Juan Lindolfo Cuestas, Rambla 25 de Agosto de 1825, Rambla Franklin D. Rooselvelt, Rambla Sud América, San Fructuoso, Vía Ferrea, Gral. Aguilar, Avda. Agraciada, costado norte y este del Palacio Legislativo, Hocquart, Br. Gral José Artigas, José P. Varela, Dr. Antonio Serratosa, Cno Corrales, Avda 8 de Octubre, Pan de Azúcar, Camino Carrasco, Cambay, Pantaleón Pérez, Emilio Ravigniani, Cañadas de las Canteras, Arroyo Carrasco y costa del Rio de la Plata.
La ZONA 1, comprende las dos aceras de las calles delimitantes.
ZONA 2
San Fructuoso, Vía Ferrea, Gral. Aguilar, Avda. Agraciada, costado norte del Palacio Legislativo, Hocquart, Br. Gral. José Artigas, José P. Varela, Dr. Antonio Serratosa, Cno. Corrales, Avda. Gral. Flores, Br. Aparicio Saravia, Juan Acosta, Cno. Pedro de Mendoza, Cañada Casavalle, Arroyo Miguelete, Bahía de Montevideo.
Se inicia a continuación de la acera delimitante de la ZONA 1.
ZONA 3
De los límites de la ZONA 2, hasta los límites departamentales.
La ZONA 3 se inicia a continuación de la acera delimitante de la ZONA 2.
Dentro de cada zona se establecen tres categorías:
CATEGORIA A
Comprende emplazamientos en Plazas, Caminos, Bulevares, y sus transversales hasta 50 metros.
CATEGORIA B
En cualquiera de las siguientes variantes:
B1) comprende emplazamientos en calles con parada de ómnibus, con distancia de hasta 30 metros de la misma.
B2) comprende emplazamientos en calles con importante densidad de tránsito peatonal en un lapso de por lo menos 6 horas diarias.
B3) comprende emplazamientos a una distancia no mayor de 50 metros de Complejos Habitacionales, Centro de Enseñanza o Centros Deportivos, Asistenciales y similares.
CATEGORIA C
Otros distintos no ajustados a las categorías A y B.

FuenteObservaciones
num. 1