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La presente Base Normativa se encuentra en estado de revisión.
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TOTID
Título I
Normas Generales de Derecho Tributario Departamental
Capítulo II
Derecho Tributario Material
Sección VI.I
Régimen de Facilidades de Pago para Ciertos Tributos y Precios Departamentales

Artículo 20.28 ._
DEROGADO

Norma transitoria ha perdido vigencia.


Inclúyese en las presentes facilidades de pago a las deudas generadas por concepto de Contribución Inmobiliaria Rural que no se encuentren amparadas en el Decreto N° 32.519 de 16 de junio de 2008.

FuenteObservaciones
art. 8