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La presente Base Normativa se encuentra en estado de revisión.
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TOTID
Título V
Departamento de Movilidad
Capítulo I
Servicio Ingeniería de Tránsito
Sección I
Reservas de Espacio
 Primera Parte. Normas Generales

Artículo 153 ._

Cuando se produzca el atraso de 2 (dos) meses en el pago del costo mensual correspondiente, el deudor dispondrá de un plazo de 10 (diez) días hábiles a partir de la fecha de notificación para regularizar el pago, en el Servicio de Ingeniería de Tránsito.

Vencido dicho plazo y de no saldarse la totalidad de la deuda generada, dicho Servicio procederá a la anulación de la reserva de que se trata, sin perjuicio de continuar el cobro de lo adeudado por la vía que corresponda.

FuenteObservaciones
num. 1
art. R.424.134 del Volumen V del Digesto Departamental.
num. 1
art. R.424.134 del Volumen V del Digesto Departamental.
num. 1
art. 24 de la reglamentación.