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La presente Base Normativa se encuentra en estado de revisión.
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TOBEFU
Título IV
DE LAS COMISIONES. HONORARIOS. PARTICIPACIONES Y VIATICOS.
Capítulo VI
De la Participación en las Multas de los Funcionarios del Servicio de Inspección General

Artículo 192.1 ._

Cometer al Servicio Central de Inspección General la fiscalización del cumplimiento de lo dispuesto por los Arts. 3° y 5° del Decreto Departamental N° 27.379, de fecha 23/XII/96, así como la aplicación de las sanciones previstas para las infracciones determinadas en el Decreto Departamental N° 31.007 de fecha 21/X/04.

FuenteObservaciones
num. 1