Back to top
La presente Base Normativa se encuentra en estado de revisión.
Los usuarios convienen en exonerar de responsabilidad a la Intendencia de Montevideo, División Asesoría Jurídica, Equipo Técnico de Actualización Normativa e Información Jurídica, por todo tipo de daño o perjuicio, directo o indirecto que eventualmente puedan sufrir especialmente los derivados de involuntarias inexactitudes, falta de información o datos imperfectos de cualquier naturaleza, contenidos en los archivos de dicha base.

Digesto Departamental
Volumen V Tránsito y Transporte

Libro IV
Del tránsito público
Parte Reglamentaria
Título III.1
Del registro de empresas dedicadas a los trámites vinculados con automotores
Capítulo
Único

Artículo R.424.42.12 ._

La División Tránsito y Transporte se reservará el derecho de rechazar la inscripción en casos de existir antecedentes que demuestren mala conducta de la empresa en su actuación ante la Intendencia de Montevideo, librándose en estos casos la correspondiente comunicación al administrador del Registro para que éste proceda en la forma estipulada en la normativa vigente.

FuenteObservaciones
num. 1
num. 5