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La presente Base Normativa se encuentra en estado de revisión.
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Digesto Departamental
Volumen V Tránsito y Transporte

Libro IV
Del tránsito público
Parte Reglamentaria
Título IX
De las limitaciones y prohibiciones de estacionar
Capítulo I
De las limitaciones del tiempo de estacionamiento de vehículos en la vía pública. Del estacionamiento tarifado.

Artículo R.424.108.7 ._

Los periodistas y legisladores nacionales, que acrediten debidamente su calidad de tal, en la forma que determine la Intendencia de Montevideo, gozarán de la franquicia que ésta establezca.

Los vehículos acreditados ante esta Intendencia como pertenecientes a personas con cargos políticos o de particular confianza (artículos D.100, D.101 y D.102 del Volumen III "Relación Funcional" del Digesto Departamental), así como los vehículos pertenencientes a las alcaldesas y los alcaldes de los Municipios de Montevideo y otros que sean determinados expresamente por el/la Intendente/a, podrán estacionar gratuitamente en la zona de estacionamiento tarifado.

FuenteObservaciones
num. 1
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