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Digesto Departamental
Volumen V Tránsito y Transporte

Libro V
Del transporte
Parte Reglamentaria
Título II
De los servicios privados de interés público
Capítulo VII
Del servicio de ambulancias

Artículo R.523.69 ._

(Reparación de los vehículos) En caso de reparación que imponga a la unidad un alejamiento del servicio por más de 30 días, debe el permisario hacer entrega en depósito de las placas de matrículas del vehículo las cuales serán conservadas por un término de 180 días, a su vencimiento, el Servicio de Transporte Público queda facultado para revocar el permiso respectivo.

FuenteObservaciones
num. 1