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La presente Base Normativa se encuentra en estado de revisión.
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Digesto Departamental
Volumen V Tránsito y Transporte

Libro IV
Del tránsito público
Parte Reglamentaria
Título IV
De las condiciones reglamentarias de los vehículos
Capítulo VI
Régimen de limitaciones a la circulación de vehículos de carga en el Departamento de Montevideo
Sección VII
Sanciones

Artículo R.424.86.18 ._
DEJADO SIN EFECTO

Dejado sin efecto tácitamente por Res.IMM Nº 1260/08 de 31/3/2008, num. 1º.


Cuando un conductor incumpla con la obligación de detenerse, o de concurrir a los puestos de pesaje correspondientes, se le sancionará inhabilitando el vehículo para circular en el departamento de Montevideo por el término de 30 días (treinta días) y se le aplicará una multa equivalente a 20 (veinte) Unidades Reajustables.

FuenteObservaciones
num. 1
num. 1