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Digesto Departamental
Volumen V Tránsito y Transporte

Libro V
Del transporte
Parte Reglamentaria
Título V
De los vehículos abandonados
Capítulo
Único

Artículo R.538 ._

Los vehículos depositados en terrenos de la Intendencia al ser retirados de la vía pública por la División Tránsito y Transporte, en razón de haberse configurado la causal de abandono, quedarán bajo custodia del Servicio de Bienes Muebles, sometidos a su régimen general, y en particular a lo que dispone el presente Capítulo.

FuenteObservaciones
num. 1