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La presente Base Normativa se encuentra en estado de revisión.
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Digesto Departamental
Volumen V Tránsito y Transporte

Libro IV
Del tránsito público
Parte Reglamentaria
Título IV
De las condiciones reglamentarias de los vehículos
Capítulo II
De los frenos
Sección III
De los remolques

Artículo R.424.49 ._

Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo R.424.55, todo remolque, con excepción de los remolques de menos de 500 kilos de carga útil deberán estar provistos de los mismos frenos exigidos en los incisos a) y b) del artículo R.424.45.

FuenteObservaciones
num. 1
art. 50