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La presente Base Normativa se encuentra en estado de revisión.
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Digesto Departamental
Volumen V Tránsito y Transporte

Libro V
Del transporte
Parte Reglamentaria
Título II
De los servicios privados de interés público
Capítulo II
De los remises

Artículo R.520.3 ._

Los titulares de permisos vigentes al 19 de noviembre de 1990, dispondrán de un plazo de 24 meses para ajustarse a lo que ella dispone en lo que hace referencia al color del vehículo exigido para incluirse en categoría B y a la antigüedad de los vehículos afectados.

Con relación a toda modificación respecto a la normativa vigente, se establece un plazo máximo 180 (ciento ochenta) días para su regularización.

FuenteObservaciones
num. 1
num. 1
Artículo 15º del Reglamento.