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La presente Base Normativa se encuentra en estado de revisión.
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Digesto Departamental
Volumen V Tránsito y Transporte

Libro V
Del transporte
Parte Reglamentaria
Capítulo I
Del transporte urbano de pasajeros
Sección VI
De los boletos
 Del abono o boleto institucional

Artículo R.449.28 ._

La Intendencia de Montevideo podrá autorizar a las Instituciones públicas, en número reducido y con causa justificada, la obtención de un carné identificatorio nominado a la institución. En dicho caso, en lugar de la foto, deberá figurar el sello de la Institución.

FuenteObservaciones
num. 15