Para la expedición del carné habilitante para acogerse al beneficio de la rebaja del boleto que se otorga a jubilados y pensionistas, los interesados cumplirán los siguientes requisitos:
a) formular declaración jurada de todos sus ingresos, presentar la cédula de identidad, la credencial cívica y
el carné de jubilado o pensionista de la Dirección General de la Seguridad Social;
b) pagar el importe del carné. Este documento será extendido por la oficina expedidora y su precio no podrá
exceder el costo corriente en plaza de tres fotografías tipo carné.
Los nuevos carnés a emitirse serán confeccionados de manera que se asegure su inviolabilidad, contendrán la foto, nombre y número de pasivo del usuario. Con cada ajuste de la pasividad, se actualizará la validez de los carnés mediante una tarjeta o estampilla habilitante que contendrá el mismo número de identificación que el carné. Su expedición estará a cargo de las empresas de transporte y se efectuará en el espacio cedido a las mismas en la terminal Cordón de Omnibus Interdepartamentales.
En los casos de extravío, el usuario deberá efectuar la denuncia en la oficina expedidora respectiva y el carné le será renovado en un plazo de treinta días.
Las personas que formulen declaraciones juradas falsas perderán definitivamente el derecho a adquirir boletos de jubilados o pensionistas, sin perjuicio de las sanciones previstas en el Art. 347 del Código Penal.