Back to top
La presente Base Normativa se encuentra en estado de revisión.
Los usuarios convienen en exonerar de responsabilidad a la Intendencia de Montevideo, División Asesoría Jurídica, Equipo Técnico de Actualización Normativa e Información Jurídica, por todo tipo de daño o perjuicio, directo o indirecto que eventualmente puedan sufrir especialmente los derivados de involuntarias inexactitudes, falta de información o datos imperfectos de cualquier naturaleza, contenidos en los archivos de dicha base.

Digesto Departamental
Volumen V Tránsito y Transporte

Libro V
Del transporte
Parte Reglamentaria
Título IV
De los vehículos departamentales
Capítulo I
Nota:

Por Res. IM Nº 5039/15 de 26/10/15, num. 1º se aprobó el Protocolo de funcionamiento dirigido a funcionarios y funcionarias conductores/as y responsables de flotas, a regir en el marco de la instalación de sistemas de posicionamiento vehicular en la flota de vehículos de la Intendencia y los Municipios.


Artículo R.532 ._

Los/as funcionarios/as que utilicen los vehículos oficiales, firmarán un parte diario en la correspondiente dependencia, donde se establecerá la hora en la que se inicia el servicio, y el/la chofer indicará el recorrido efectuado, las paradas mayores de quince minutos y la hora de finalización del servicio; todo lo cual será documentado y firmado por el/la funcionario/a que utilizó el vehículo y por su chofer.

Cada dependencia llevará un registro del movimiento diario de los vehículos oficiales que fueren solicitados a su servicio.

FuenteObservaciones
num. 7
art. 8º de la reglamentación
num. 2
art. 8º de la reglamentación