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La presente Base Normativa se encuentra en estado de revisión.
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Digesto Departamental
Volumen V Tránsito y Transporte

Libro IV
Del tránsito público
Parte Legislativa
Título II
De la fiscalización administrativa sobre conductores y vehículos
Capítulo II
De los vehículos
Sección I
Del empadronamiento de vehículos

Artículo D.567 ._

No se autorizará el tránsito de vehículos en los cuales el peso de estos y de la carga produzca una presión sobre el pavimento superior a 120 (ciento veinte) kilogramos por centímetro de ancho de la banda de rodado de la cubierta.

FuenteObservaciones
art. 30