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Digesto Departamental
Volumen V Tránsito y Transporte

Libro IV
Del tránsito público
Parte Legislativa
Título IV
De la función represiva
Capítulo I
De las sanciones

Artículo D.723.1 ._

Constatada la infracción establecida en el Art. D.677 numeral 1 inciso j) se aplicará al propietario del vehículo una multa de 35 U.R. (treinta y cinco unidades reajustables), precediéndose a la retención de las chapas de matrícula del vehículo hasta tanto se efectivice el importe de la multa aplicada.

FuenteObservaciones
num. 1
art. 2