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Digesto Departamental
Volumen V Tránsito y Transporte

Libro IV
Del tránsito público
Parte Legislativa
Título III
De la regularización de la circulación
Capítulo II
De la circulación vehicular
Sección I
De las formas de circulación

Artículo D.606 ._

El cruce frente a un obstáculo de cualquier naturaleza, se realizará sobre la base del respeto absoluto de la derecha de cada conductor. El conductor que en su línea normal de marcha encuentre un obstáculo, deberá siempre ceder el paso al que viene en sentido contrario.

FuenteObservaciones
art. 69