(Empresas con domicilio fuera del Departamento de Montevideo). En caso de tratarse de empresas con domicilio fuera del Departamento de Montevideo que realicen el servicio de acopio de residuos por medio de volquetas y su transporte a través del Departamento de Montevideo, deben inscribirse en el Registro Único Obligatorio de acuerdo a lo dispuesto en el Artículo R.424.110.1 y demás disposiciones que le fueren aplicables.
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Los usuarios convienen en exonerar de responsabilidad a la Intendencia de Montevideo, División Asesoría Jurídica, Equipo Técnico de Actualización Normativa e Información Jurídica, por todo tipo de daño o perjuicio, directo o indirecto que eventualmente puedan sufrir especialmente los derivados de involuntarias inexactitudes, falta de información o datos imperfectos de cualquier naturaleza, contenidos en los archivos de dicha base.
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