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La presente Base Normativa se encuentra en estado de revisión.
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Digesto Departamental
Volumen V Tránsito y Transporte

Libro IV
Del tránsito público
Parte Reglamentaria
Título X
De las obligaciones generales de los conductores
Capítulo I

Artículo R.424.147 ._
DEJADO SIN EFECTO

Este artículo fue dejado sin efecto por Res. IM Nro. 834/12 de 27/02/12, num. 1.


Podrá asimismo un casco protector, no fabricado en el país, ser comercializado en esta plaza, previa certificación de calidad por alguno de las entidades mencionadas en los artículos R.424.144 y R. 424.145 y con arreglo a los demás requisitos en ellos exigidos.

FuenteObservaciones
num. 1
num. 1