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Digesto Departamental
Volumen V Tránsito y Transporte

Libro V
Del transporte
Parte Reglamentaria
Capítulo I
Del transporte urbano de pasajeros
Sección VI
De los boletos
 De los boletos diferenciados

Artículo R.442.15 ._

Los cambios de ómnibus podrán efectuarse solo en la Terminal del Paso de la Arena. No podrán efectuarse ascensos al segundo ómnibus en ninguna otra parada de la zona.

FuenteObservaciones
num. 1