Créase el "Boleto Zonal" en adelante BZ, estableciendo el anillo dentro del cual se podrá viajar: desde el límite departamental definido por la desembocadura del Arroyo Colorado al Río Santa Lucía, por este al Sur , Río de la Plata, Bahía de Montevideo, proyección terrestre de la calle Emilio Romero hacia la bahía, Emilio Romero, Accesos de Rutas 1 y 5 a Montevideo (zona la isla), Arroyo Pantanoso al Norte, Luis Batlle Berres, Accesos Ruta 5, Cno. Francisco Lecocq, Cno. Casavalle, Avda. De las Instrucciones, Bvar. Aparicio Saravia, Avda. José Belloni, Avda. 8 de Octubre, Cno. Maldonado, Veracierto, Cno. Carrasco, Arroyo Carrasco, Arroyo de Toledo, Arroyo de Las Piedras, Arroyo Colorado.
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Los usuarios convienen en exonerar de responsabilidad a la Intendencia de Montevideo, División Asesoría Jurídica, Equipo Técnico de Actualización Normativa e Información Jurídica, por todo tipo de daño o perjuicio, directo o indirecto que eventualmente puedan sufrir especialmente los derivados de involuntarias inexactitudes, falta de información o datos imperfectos de cualquier naturaleza, contenidos en los archivos de dicha base.
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