Los mencionados vehículos, que podrán ser auto tipo sedán o monovolumen, o camionetas de tipo Rural, deberán contar con cuatro puertas como mínimo y un espacio interior o exterior a la cabina y posterior al asiento trasero, que permita el transporte de por lo menos una valija de las siguientes dimensiones: setenta centímetros (70 cm) de largo, cincuenta centímetros (50 cm) de alto y treinta centímetros (30 cm) de ancho.
No se podrán realizar cambios de motores que impliquen cambio de combustible o tipo de propulsión en vehículos afectados al servicio de automóviles con taxímetro o que se importen a tales fines, ni realizar adaptaciones que impliquen cambio de combustible de ningún tipo.