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Digesto Departamental
Volumen V Tránsito y Transporte

Libro V
Del transporte
Parte Reglamentaria
Título II
De los servicios privados de interés público
Capítulo VII
Del servicio de ambulancias

Artículo R.523.54 ._

(De la tramitación de los permisos) La solicitud para adquirir la calidad de permisario debe ser presentada ante el Servicio de Transporte Público de la División Tránsito y Transporte, debiendo el aspirante reunir los requisitos que se determinan en el presente Capítulo.

FuenteObservaciones
num. 1