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La presente Base Normativa se encuentra en estado de revisión.
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Digesto Departamental
Volumen VI Higiene y Asistencia Social

Parte Legislativa
Título VII
De la lucha contra insectos y roedores.
Capítulo III
De la lucha contra las ratas.

Artículo D.2060 ._

El Servicio de Salubridad Pública efectuará gratuitamente el asesoramiento antedicho. En las intervenciones para matanza o captura de roedores su actuación se ajustará a las tarifas vigentes. Se exceptúa de pago los trabajos de desratización zonales, o aquellos que necesidades técnicas impongan.

FuenteObservaciones
art. 4