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La presente Base Normativa se encuentra en estado de revisión.
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Digesto Departamental
Volumen VI Higiene y Asistencia Social

Parte Legislativa
Título I
Disposiciones Generales
Capítulo I
Ambito de aplicación.

Artículo D.871 ._

Los alimentos que sean introducidos al Departamento con la finalidad de participar en ferias, exposiciones u otros eventos similares no podrán ser entregados al consumidor final, a cualquier título, hasta tanto ello sea autorizado en forma expresa por el Servicio de Regulación Alimentaria.

FuenteObservaciones
art. 1