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La presente Base Normativa se encuentra en estado de revisión.
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Digesto Departamental
Volumen VI Higiene y Asistencia Social

Parte Legislativa
Título X
De la comercialización de artículos de primera necesidad.
Capítulo ÚNICO
De las normas aplicables.

Artículo D.2155 ._

Los puesteros de los Mercados y Ferias, así como todos los vendedores de esos artículos deberán estar provistos de la balanza necesaria para efectuar las ventas por kilogramos.

FuenteObservaciones
art. 2