Los vehículos de transporte de carnes, subproductos, derivados y productos cárnicos tendrán las siguientes características especiales:
a) toda la superficie interna de los transportes será de material de fácil limpieza y desinfección
b) el material empleado en su construcción no debe menoscabar las cualidades de las carnes, subproductos, derivados y productos cárnicos, ni provocar cambios en sus caracteres organolépticos o físico-químicos, ni alterar las condiciones de sus envases
c) las juntas y las aberturas deben ser de cierre hermético
d) para el transporte de carnes fresca o enfriada en reses, medias reses, cuartos o trozos, se debe contar con dispositivos que eviten el contacto con el piso y no podrá realizarse la carga en estiba
e) para el transporte de subproductos comestibles frescos o refrigerados, se usarán continentes adecuados
f) para el transporte estibado de carnes y derivados, congelados y protegidos con envolturas adecuadas, los vehículos deberán contar con dispositivos en el piso que garanticen la higiene y conservación de los productos
g) los transportes deberán disponer de iluminación interior con resguardo de seguridad y protección adecuada
h) el diseño y la construcción de los vehículos de transporte deberán ser tales que permitan mantener las temperaturas requeridas durante todo el viaje, de acuerdo a los productos transportados
i) los vehículos de transporte deben reunir en todo momento las condiciones de higiene adecuadas.