Características de los locales. Condiciones generales. El conjunto de locales que integran la carnicería no podrán tener ninguna comunicación directa con viviendas, comercios o espacios privados. En función de las características del local y del volúmen de ventas, el lNAC o las Intendencias en su caso, podrán exigir accesos independientes para el público y la mercadería.
Definiciones. Local de ventas. El local de ventas está integrado por el área de trabajo y el sector del público. No incluye los locales refrigerados, depósitos de insumos, vestuarios, S.S.H.H. ni locales anexos (oficina, etc.).
Area de trabajo. Se define como área de trabajo aquella destinada a las operaciones de troceado (preparación de los cortes), comprendiendo lugares de desplazamiento del personal, mesas de trabajo, exhibidores y mostradores de atención al público.
Sector de público. Se considera área destinada al público aquella superficie del local de ventas no incluida en el área de trabajo.
Anexo al local de ventas y comunicado con el mismo de forma indirecta, existirá un gabinete higiénico que deberá contar como mínimo, con un duchero, un lavatorio amplio y un inodoro. El comercio contará además con un vestuario con comodidades para el personal. Las disposiciones anteriormente explicitadas, podrán sufrir adaptaciones en los casos de canicerías instaladas en mercados y supermercados, estando el INAC o las Intendencias en su caso facultados a autorizar las mismas.