Las empresas de preparación y servicio de alimentos cumplirán con los requisitos establecidos en el Capítulo V y los del presente capítulo. Se reconoce dos tipos de empresas de preparación y servicio de alimentos:
a) con cocina separada del salón de ventas
b) sin cocina separada.
Las mismas se regirán por las disposiciones generales, así como las particulares de la Sección II de este capítulo.