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Digesto Departamental
Volumen IV Ordenamiento Territorial, Desarrollo Sostenible y Urbanismo.
Nota:

El artículo 1º del Dto. JDM Nº 33.934 de 24/10/11 derogó el Decreto JDM Nº 26.817 de 08/01/96 y el Dto. JDM Nº 33.583 de 08/11/10 que establecían un régimen especial de entrada en vigencia de las normas sobre Higiene de la Vivienda, Locales Comerciales e Industriales y Urbanismo.

ATENCIÓN: EL VOLUMEN IV DEL DIGESTO DEPARTAMENTAL CAMBIÓ SU DENOMINACIÓN, ESTRUCTURA Y NUMERACIÓN. Ver Dto. JDM Nº 34.870 de 25 de noviembre de 2013, arts. 2º, 3º y 11º, este último en la redacción dada por Dto. JDM Nº 34.889 de 5 de diciembre de 2013, art. 1º.


Libro II
Instrumentos del ámbito departamental
Parte Legislativa
Apartado II Plan de Ordenamiento Territorial. Urbanismo
Título IV
De las normas de régimen general en suelo urbano
Capítulo IV
Normas particulares
Sección V
Zonificación terciaria. Régimen general. Área costera

Artículo D.223.223.1 ._
DEROGADO

Este artículo fue expresamente derogado por Decreto JDM Nº 35.831 de 7 de marzo de 2016, artículo 3.


Perímetro delimitado por:
Avda. Bolivia, acera este, desde Avda. Italia hasta Camino Carrasco; Camino Carrasco (acera sur), desde Bolivia hasta Salerno; calle Salerno; línea que une la intersección de las calles Salerno y Padua con la alineación norte de la calle Gral. Máximo Tajes; Avda. Dra. Saldún de Rodríguez hasta Camino Carrasco; Camino Carrasco (acera sur) desde la Avda. Dra. Saldún de Rodríguez hasta Havre; Havre (ambos frentes), desde Camino Carrasco hasta Avda. Italia; Avda. Italia (excluida), desde Havre hasta Avda. Bolivia.
Rigen: (a excepción de Avda. Italia en la que rige Régimen Patrimonial).
Determinaciones generales:
a)Edificación individual (hasta dos unidades)
- FOS: 50 %
- FOT: 100 %
- Tercer nivel (tipo buhardilla) = 20% FOS y se computa en el FOT
- Altura máxima: 8 metros.
- Retiros:
- Frontal: 7 metros con acordamiento.
- Laterales:
Para frentes menores a 13 metros, no rige.
Para frentes mayores o iguales a 13 metros, unilateral de 3 metros.
Para frentes mayores o iguales a 18 metros, bilateral del 20% del frente del predio.
- Posterior: 20% de la superficie del predio.
b)Edificación colectiva (tres o más unidades)
- FOS: 50%.
- ÚLTIMO PISO Área máxima 10% de la superficie del padrón.
- FOSS: ídem FOS.
- Altura máxima: 12 metros.
- Niveles: 4 más subsuelo.
- Número máximo de unidades: Una unidad cada 100 metros cuadrados de terreno.
- Número mínimo de garajes: según norma general
- Retiros:
- Frontal: 7 metros con acordamiento.
- Laterales:
Para frente mayores o iguales a 13 metros, unilateral de 3 metros.
Para frentes mayores o iguales a 18 metros, bilateral de 1/5 del frente del predio.
- Posterior: 20% del área del predio.

FuenteObservaciones
art. 3
art. D.223.1
art. 1
art. 11
art. 5
art. D.223.1