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Digesto Departamental
Volumen II Procedimiento.Competencia

Libro I
De la organización y de la competencia
Parte Reglamentaria
Título II
De la competencia de los órganos de la Intendencia
Capítulo III
Del órgano delegado honorario

Artículo R.19.28 ._

Los cometidos de la Comisión Financiera de la Rambla Sur se regirán por lo establecido en el Decreto Nº 25.400, de 13 de enero de 1992 y las Resoluciones complementarias (*).

Sin perjuicio de los cometidos y atribuciones conferidas a la Comisión Financiera de la Rambla Sur por las normas vigentes, ejercerá además su competencia de actuación en el área delimitada a continuación:

- acera sur de Av. José Pedro Varela, desde José Bonaparte hasta Av. Dámaso Antonio Larrañaga,

- acera oeste de Av. Dámaso Antonio Larrañaga, desde Av. José Pedro Varela hasta Pernas,

- acera oeste de Pernas, desde de Av. Dámaso Antonio Larrañaga hasta Brazo Largo,

- acera norte de Brazo Largo desde Pernas hasta Mª. Stagnero de Munar,

- acera oeste de Mª. Stagnero de Munar desde Brazo Largo hasta Apóstoles,

- acera norte de Apóstoles, desde Mª. Stagnero de Munar hasta Felipe Sanguinetti,

- acera oeste de Felipe Sanguinetti, desde Apóstoles hasta Juan F. Martínez,

- acera norte de Juan F. Martínez, desde Felipe Sanguinetti hasta Carlos Crocker,

- acera oeste Carlos Crocker, desde Juan F. Martínez hasta Avellaneda,

- acera norte de Avellaneda, desde Carlos Crocker hasta Tomás Gomensoro,

- acera este de Tomás Gomensoro, desde Avellaneda hasta Chiávari,

- acera sur de Chiávari, desde Tomás Gomensoro hasta José Bonaparte,

- acera este de José Bonaparte desde Chiávari hasta Av. José Pedro Varela.-

La competencia que ejercerá en él área territorial “Entorno Mercado Modelo” se realizará de acuerdo a los lineamientos estratégicos de la política territorial departamental, cuya finalidad es lograr un territorio democrático, inclusivo y sustentable, procurando el cumplimiento de los siguientes objetivos: revitalización socio urbana, recalificación espacial, ambiental y estructuración del área, y refuncionalización de los predios propiedad de la Intendencia de Montevideo.

FuenteObservaciones
num. 1
num. 2
num. 2
Lit. Ñ. Revivió su vigencia en forma expresa.
num. 2
num. 1