Back to top
La presente Base Normativa se encuentra en estado de revisión.
Los usuarios convienen en exonerar de responsabilidad a la Intendencia de Montevideo, División Asesoría Jurídica, Equipo Técnico de Actualización Normativa e Información Jurídica, por todo tipo de daño o perjuicio, directo o indirecto que eventualmente puedan sufrir especialmente los derivados de involuntarias inexactitudes, falta de información o datos imperfectos de cualquier naturaleza, contenidos en los archivos de dicha base.

Digesto Departamental
Volumen II Procedimiento.Competencia

Libro I
De la organización y de la competencia
Parte Reglamentaria
Título II
De la competencia de los órganos de la Intendencia
Capítulo I
De los cometidos de los órganos ejecutivos y de sus dependencias

Artículo R.19.41 ._

A la División Vialidad compete:

1-Planificar, proyectar y realizar la construcción de obras viales y proceder a su mantenimiento y conservación.

2-Estudiar los proyectos de pavimentación de vías de tránsito y puentes.

3-Elaborar los pliegos de condiciones técnicas para efectuar las licitaciones para la construcción y la reparación de obras viales.

4-Mantener y conservar la red vial, a través de la dirección de obras por contrato o realización de trabajos directamente por administración.

5-Recibir y autorizar permisos de construcción de nuevas veredas.

6-Proyectar, ejecutar y supervisar contratos celebrados entre la IM y empresas privadas, en materia vial.

7-Autorizar y ejecutar rebajes de cordón.

8-Realizar, ejecutar y mantener el sistema de alumbrado público del Departamento de Montevideo.

9-Programar y realizar proyectos lumínicos y eléctricos.

FuenteObservaciones
num. 3
num. 1
R.19.3 (nrales. 1º a 7º) y R.19.10 (nrales. 5º y 6º).