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Digesto Departamental
Volumen II Procedimiento.Competencia

Libro I
De la organización y de la competencia
Parte Reglamentaria
Título I
De la estructura orgánico administrativa
Capítulo I
De los órganos ejecutivos

Artículo R.11 ._

DEPARTAMENTO DE DESARROLLO ECONÓMICO
Del Departamento de Desarrollo Económico dependerán las siguientes:
DIVISIONES:
- Promoción Económica
- Turismo
Dependerán de la Dirección General del Departamento las siguientes:
COMISIONES:
- Administradora del Parque Industrial y Tecnológico del Cerro (CAPIT)
Asimismo de la Dirección General del Departamento dependerán en línea directa el Servicio de Casinos, la Oficina Central, las Unidades Mercado Agrícola, Centro Cultural Mercado de la Abundancia, el Secretariado de Seguridad y Salud, el Proyecto "El Ferrocarril en Peñarol: Patrimonio Industrial, Circuito y Paseo Histórico", la Gerencia de Compras, el Servicio de Compras, la Unidad de Coordinación Metropolitana. Además dependerán en línea asesora la Oficina de Gestión y Apoyo Presupuestal y el Grupo Promotor de Montevideo.
División Promoción Económica
De la Dirección de la División Promoción Económica dependerán directamente las siguientes:
UNIDADES:
- Mypes
- Centros Públicos de Empleo
- de Proyectos de Desarrollo Local
- de Licitaciones
- de Promoción e Integración del Comercio Alimentario y Coordinadora y Asesora de Ferias Vecinales
- Montevideo Rural, de la cual dependerá el Programa Parque de Actividades Agropecuarias (PAGRO).
- de Gestión Comercial.
De la Unidad de Proyectos de Desarrollo Local dependerán las Comisiones Administradoras del Cedel Carrasco Norte y Cedel Casavalle.
División Turismo
De la División Turismo dependerán en línea directa el siguiente Servicio y Unidades :
SERVICIO:
Turismo, dependerán de este:
- Módulos de Información Turística
- Turismo social e interno
- Atención a Institutos de Enseñanza y Escuelas del interior del país (City Tour)
- Guía turísticas
UNIDADES:
- Centro de Conferencias (Salas de Convenciones)
- Planificación
-Conglomerado Turístico.
-Unidad Administradora del Mirador Panorámico
Gerencia de Compras
De la Gerencia de Compras dependerá el siguiente SERVICIO:
- de Compras.
Del Servicio de Compras dependerán las siguientes Unidades:
- De Administración
- Atención a Proveedores
- De Licitaciones
- Compras Directas y Ampliaciones
- Análisis de Procesos.

FuenteObservaciones
num.1 y 2
Modifica el numeral 2, literal K, de la Resolución Nº 4264/10 de 15/09/10 estableciendo que la Unidad Administradora del Mirador Panorámico, pasa a depender de la División Turismo.
num. 1
num.1 y 2.
num. 1
num. 1 y 7
num. 1
num. 1
num. 1
num. 1
num. 1
num. 1
num. 1
num. 1
num. 2
num. 1
num. 1
num. 2
num. 1
Se incorpora la Unidad Oficina de Inversiones en el Departamento de Desarrollo Económico e Integración Regional.
num. 1
num. 1
num. 2
num. 1
num. 3
num. 1
num. 1
num. 2. Se modifican literales A) y K) del numeral 2º de la Res.IM Nº 4264/10 de 15.09.10 pasando la División Relaciones Internacionales y Cooperación del Departamento de Desarrollo Económico e Integración Regional a la órbita del Departamento de Secretaría General.
num. 1
Modifica el num. 2º de la Res. IM Nº 3455/14 de 11/08/14 estableciendo que la Unidad Centro Cultural Mercado de la Abundancia pase a depender directamente de la Dirección General del Departamento de Desarrollo Económico e Integración Regional.
num. 2
Se incorpora al literal K) del numeral 2º de la Resolución Nº 4264/10, de 15.09.10, en la órbita de la División Turismo, a la Unidad Centro Cultural Mercado de la Abundancia.
num. 2
num. 2
num. 1
num. 2
Lit. K Por Res. IM Nº 2472/21 de 05/07/21, num. 1º se modifica el Lit. K estableciendo que las Comisiones Administradoras del Cedel Carrasco Norte y Cedel Casavalle pasaran a depender de la Unidad de Proyecto de Desarrollo Local de la División Promoción Económica.
num. 1
num. 2
num. 1
Lit. K
num. 1
num. 2
num. 1
num. 2
num. 2
Lit. I
num. 2
Lit. I
num. 1
Lit. I
num. 1
Lit. I
num. 2
Lit. I
num. 1
Lit. I
num. 1
num. 1
num. 1
num. 1
num. 1
num. 2
num. 1
num. 1
Lit. H
num. 1
num. 2
num. 1
R.9
num. 1
Lit. A, Lit. C., Lit. C.1 lit. a, Lit. H
num. 1
R.9
num. 1
Lit. A, Lit. C., Lit. C.1 lit. a, Lit. H
num. 2
num. 6 Lit. B; num. 15
num. 1
num. 1
num. 6 Lit. B; num. 15
num. 2
num.3 Lit. C; num. 5
num. 6
num. 8
num. 3
num. 4 y 5.
num. 1
num. 2 Viene de R. 9
num. 1
Viene de R.9
num. 2
Viene de R.9
num. 1
Capítulo I, art. 1º , 2º, 3º y 4º. Viene de R. 9
Nota:

Por Res. IM Nº 4277/23 de fecha 11 de setiembre de 2023, num. 1º se creó el Sistema Departamental de Cocinas Comunitarias en Montevideo (SDCC) bajo la órbita del Departamento de Desarrollo Económico a través de la División Promoción Económica y su Unidad de Desarrollo Local.

 

Por Res. IM Nº 4277/23 de fecha 11 de setiembre de 2023, num. 2º se estableció que las CC deberán: a) estar insertas preferentemente en edificios o terrenos de propiedad departamental o municipal; b) contar con las condiciones edilicias para ser un local con accesibilidad universal; c) contar con las medidas de seguridad laboral y capacidad para tener iluminación acorde a la normativa y nuevas tecnologías; d) contar con todas las condiciones bromatológicas, de higiene e inocuidad que la Intendencia a través de la División Salud y su Servicio de Regulación Alimentaria exija; e) contar con un plan de recolección de residuos, un plan de re-utilización y compostaje, de acuerdo a lo previsto por esta Intendencia en la materia; f) tener una infraestructura acorde para la elaboración, la producción de alimentos y un área de capacitación para el dictado de cursos de gastronomía; g) contar con acompañamiento técnico e instancias de capacitación en gestión empresarial en todo el proceso de incubación.

 

Por Res. IM Nº 4277/23 de fecha 11 de setiembre de 2023, num. 3º se estableció que el proceso de incubación de emprendimientos dentro del Sistema Departamental de Cocinas Comunitarias en Montevideo se ajustará a la Resolución del Departamento de Desarrollo Económico Nº 209/21/2500 del 7 de diciembre del 2021.

 

Por Res. IM Nº 4277/23 de fecha 11 de setiembre de 2023, num. 4º se dispuso que los emprendimientos que ingresen deberán, para permanecer dentro del SDCC, obtener la habilitación de empresa y producto ante el Servicio de Regulación Alimentaria de la IdeM. Ademas de generar por parte del Sistema Departamental de Cocinas Comunitarias en Montevideo espacios de comercialización que permitan el desarrollo y escalabilidad de los emprendimientos incubados.