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La presente Base Normativa se encuentra en estado de revisión.
Los usuarios convienen en exonerar de responsabilidad a la Intendencia de Montevideo, División Asesoría Jurídica, Equipo Técnico de Actualización Normativa e Información Jurídica, por todo tipo de daño o perjuicio, directo o indirecto que eventualmente puedan sufrir especialmente los derivados de involuntarias inexactitudes, falta de información o datos imperfectos de cualquier naturaleza, contenidos en los archivos de dicha base.

Digesto Departamental
Volumen II Procedimiento.Competencia

Libro I
De la organización y de la competencia
Parte Reglamentaria
Título I
De la estructura orgánico administrativa
Capítulo II
De los órganos asesores y de contralor

Artículo R.16 ._

DIVISION ASESORÍA JURÍDICA
La División Asesoría Jurídica dependerá directamente de la Intendenta, siendo su vinculación administrativa a través de la Secretaría General y será de su dependencia en línea directa la Unidad de Sumarios y la Unidad de Instrucción Especializada, y en línea asesora la Unidad Asesoría, de cuya Dirección dependerán:
- Equipo Técnico de Actualización Normativa.
- Equipo Técnico de Información Jurídica.
- Equipo Técnico Contralor de Contratos.
- Equipo Técnico Acuerdo.
- Sector Biblioteca Jurídica.
SERVICIOS:
Servicio de Actividades Contenciosas
De su Dirección dependerán:
- Equipo Técnico de Responsabilidad Extracontractual.
- Equipo Técnico Contencioso Administrativo.
- Equipo Técnico Contencioso General.
Servicio de Escribanía
De su Dirección dependerán:
- Equipo Técnico Escrituras.
- Equipo Técnico Cuerpo de Escribanos.
Servicio de Registro Civil

FuenteObservaciones
num. 1
num. 1
num. 1
num. 1
num. 1
num. 2
Lit. B
num. 1
Lit. B
num. 1
num. 3
Lit. B
num. 2
Lit. N
num. 2
Lit. N
num. 1
Lit. N
num. 1
Lit. N
num. 2
num. 4
num. 1
Lit. M
num. 1
Lit. M
num. 1
R.14
num. 1
Lit. M
num. 1
num. 12 lit. C.
num. 11
num. 12 lit. C.
num. 1
Lit. D; num. 7 lit. B.
num. 4
Lit. D; num. 7 lit. B.
num. 7
R. 8.1
art. 70
art. 71
num. 1
R. 8.1
art. 1
art. 1
Lit. A
art. 1
art. 71
art. 1
num. 1
art. 2