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Digesto Departamental
Volumen II Procedimiento.Competencia

Libro I
De la organización y de la competencia
Parte Reglamentaria
Título II
De la competencia de los órganos de la Intendencia
Capítulo I
De los cometidos de los órganos ejecutivos y de sus dependencias

Artículo R.19.38 ._

A la División Promoción Cultural compete:

1- Desarrollar, organizar y financiar actividades artísticas profesionales en los ámbitos escénicos: música, teatro, danza, artes circenses, títeres, performance, que se desarrollen en las Unidades que integran la división.

2- Promover convenios con los gremios, asociaciones artísticas y organizaciones socioculturales, con el objeto de implementar programas de creación y difusión de las distintas expresiones artísticas a nivel de los barrios montevideanos.

3- Administrar y mantener la infraestructura de las salas y espacios culturales departamentales.

4- Asegurar en las salas departamentales y elencos estables programaciones artísticas que incluyan en forma equilibrada a mujeres y varones, colectivos invisibilizados y la mayor diversidad de expresiones culturales de autorías locales.

5- Fomentar el desarrollo de programas de formación artística amplios y democráticos, con alcance departamental.

6- Asegurar la presencia de los elencos estables departamentales en los diversos barrios de Montevideo, como forma de circulación cultural descentralizada.

7- Promover al tango como bien patrimonial inmaterial del Uruguay.

FuenteObservaciones
num. 1
num. 3
num. 1
R.19.21.