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La presente Base Normativa se encuentra en estado de revisión.
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Digesto Departamental
Volumen IV Ordenamiento Territorial, Desarrollo Sostenible y Urbanismo.
Nota:

El artículo 1º del Dto. JDM Nº 33.934 de 24/10/11 derogó el Decreto JDM Nº 26.817 de 08/01/96 y el Dto. JDM Nº 33.583 de 08/11/10 que establecían un régimen especial de entrada en vigencia de las normas sobre Higiene de la Vivienda, Locales Comerciales e Industriales y Urbanismo.

ATENCIÓN: EL VOLUMEN IV DEL DIGESTO DEPARTAMENTAL CAMBIÓ SU DENOMINACIÓN, ESTRUCTURA Y NUMERACIÓN. Ver Dto. JDM Nº 34.870 de 25 de noviembre de 2013, arts. 2º, 3º y 11º, este último en la redacción dada por Dto. JDM Nº 34.889 de 5 de diciembre de 2013, art. 1º.


Libro II
Instrumentos del ámbito departamental
Parte Legislativa
Apartado II Plan de Ordenamiento Territorial. Urbanismo
Título V
De las normas de régimen patrimonial en suelo urbano
Capítulo III
Normas particulares
Sección III
Carrasco-Punta Gorda

Artículo D.223.272.35 ._

Límites del Área Patrimonial. Los límites del área patrimonial de Carrasco-Punta Gorda a los efectos de las disposiciones de esta normativa serán:

Río de la Plata; Parque Arq. Eugenio Baroffio incluida la manzana catastral Nº 7202, hasta la Avda. Italia; Avenida Italia ambos frentes, incluido el padrón Nº 416.370, desde la calle José Ordeig hasta la calle General Nariño; calle General Nariño; calle General Máximo Tajes; calle Dr. Celedonio Nin y Silva; Arroyo Carrasco; calle Dr. Eugenio Martínez Thedy; Avenida Italia (ambos frentes) desde la calle Dr. Eugenio Martínez Thedy hasta el Arroyo Carrasco; Arroyo Carrasco, Río de la Plata.

FuenteObservaciones
art. 1
art. D.272.35
art. 1
art. 11
art. 2
art. D.272.35