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Digesto Departamental
Volumen IV Ordenamiento Territorial, Desarrollo Sostenible y Urbanismo.
Nota:

El artículo 1º del Dto. JDM Nº 33.934 de 24/10/11 derogó el Decreto JDM Nº 26.817 de 08/01/96 y el Dto. JDM Nº 33.583 de 08/11/10 que establecían un régimen especial de entrada en vigencia de las normas sobre Higiene de la Vivienda, Locales Comerciales e Industriales y Urbanismo.

ATENCIÓN: EL VOLUMEN IV DEL DIGESTO DEPARTAMENTAL CAMBIÓ SU DENOMINACIÓN, ESTRUCTURA Y NUMERACIÓN. Ver Dto. JDM Nº 34.870 de 25 de noviembre de 2013, arts. 2º, 3º y 11º, este último en la redacción dada por Dto. JDM Nº 34.889 de 5 de diciembre de 2013, art. 1º.


Libro II
Instrumentos del ámbito departamental
Parte Legislativa
Apartado II Plan de Ordenamiento Territorial. Urbanismo
Título XI
URBANISMO. Disposiciones vigentes según art. 4º y 7º del Dto. JDM 28.242 de 16/09/1998.
Capítulo IV
Del ordenamiento edilicio
Sección I
Del área caracterizada: Carrasco-Punta Gorda

Artículo D.224.468 ._
DEROGADO

Este artículo fue derogado por Dto.JDM Nro. 33.400 de fecha 28/06/10, art. 7, en la redacción dada por el Dto.JDM Nro. 33.885 de fecha 19/09/11, art. 2.


Viviendas.- El número de unidades de vivien­das que podrá construirse en un predio resul­tará de dividir la superficie total del mismo, excluídas las áreas afec­tadas por ensanche, aperturas de calles o espacios públicos, por la cifra de 200mc. admitiéndose una toleran­cia de 10% de la superficie exigible, cuando se gestione la construcción de hasta dos viviendas. Para los tramos de la Avda. Alfredo Arocena entre la calle Carlos F. Sáez y la Avda. Gral. Rivera; y la Avda.Gral. José María Paz entre las calles Caramurú y Palmas y Ombúes, el número de unidades de viviendas resultará de dividir la super­ficie total del predio excluídas las áreas afectadas por en­sanche, apertura de calles o espacios públicos por la cifra de 100mc..
Para las manzanas comprendidas entre las calles Mar Artico y Mar Antártico y Rbla. O'Higgings, el número de unidades de viviendas resultará de dividir la super­ficie total del predio excluídas las áreas afectadas por ensanche, apertura de calles o espacios públicos por la cifra de 150mc.

 

FuenteObservaciones
art. 1
art. 11
art. 2
(art. D.468 del Vol. IV Urbanismo)
art. 7
(art. D.468 del Vol. IV Urbanismo)
art. 1
(art. D.468 del Vol. IV Urbanismo)