Destinos- Los cambios de destino están permitidos en tanto no produzcan una alteración que se interprete como incompatible con el carácter de la obra.
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    La presente Base Normativa se encuentra en estado de revisión.
Los usuarios convienen en exonerar de responsabilidad a la Intendencia de Montevideo, División Asesoría Jurídica, Equipo Técnico de Actualización Normativa e Información Jurídica, por todo tipo de daño o perjuicio, directo o indirecto que eventualmente puedan sufrir especialmente los derivados de involuntarias inexactitudes, falta de información o datos imperfectos de cualquier naturaleza, contenidos en los archivos de dicha base.
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      Digesto Departamental
    
  
  
  
      
                                Volumen IV Ordenamiento Territorial, Desarrollo Sostenible y Urbanismo.
                    
                
                           Nota: 
                        El artículo 1º del Dto. JDM Nº 33.934 de 24/10/11 derogó el Decreto JDM Nº 26.817 de 08/01/96 y el Dto. JDM Nº 33.583 de 08/11/10 que establecían un régimen especial de entrada en vigencia de las normas sobre Higiene de la Vivienda, Locales Comerciales e Industriales y Urbanismo.
ATENCIÓN: EL VOLUMEN IV DEL DIGESTO DEPARTAMENTAL CAMBIÓ SU DENOMINACIÓN, ESTRUCTURA Y NUMERACIÓN. Ver Dto. JDM Nº 34.870 de 25 de noviembre de 2013, arts. 2º, 3º y 11º, este último en la redacción dada por Dto. JDM Nº 34.889 de 5 de diciembre de 2013, art. 1º.
                                Libro II
Instrumentos del ámbito departamental
                Instrumentos del ámbito departamental
                                Parte Legislativa
                        
                
                                Apartado II Plan de Ordenamiento Territorial. Urbanismo
                        
                
                                Título XI
URBANISMO. Disposiciones vigentes según art. 4º y 7º del Dto. JDM 28.242 de 16/09/1998.
                URBANISMO. Disposiciones vigentes según art. 4º y 7º del Dto. JDM 28.242 de 16/09/1998.
                                Capítulo IV
Del ordenamiento edilicio
                Del ordenamiento edilicio
                                Sección VII
De la protección de bienes y entornos urbanos de especial valor testimonial.
                De la protección de bienes y entornos urbanos de especial valor testimonial.

