Baldíos -
Los predios baldíos en la zona serán cerrados con un cerco vegetal o de mampostería reglamentario y deberán ser enjardinados en la zona de retiros según proyecto aprobado por la Comisión Especial Permanente.
Se otorga un plazo de seis meses a partir de la promulgación del presente decreto para ajustarse a ésta disposición.