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Digesto Departamental
Volumen I Normas que refieren a los Gobiernos Departamentales

Título I
Constitución de la República

Artículo 84 ._

La ley sancionada con el voto de dos ter­cios del total de los componentes de cada Cámara podrá modificar el número de miembros de las Juntas Departamentales.

FuenteObservaciones
art. 269