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Digesto Departamental
Volumen I Normas que refieren a los Gobiernos Departamentales

Título IV
Normas de Aplicación a los Gobiernos Departamentales
Capítulo XXXVII
Descentralización Política y Participación Ciudadana
Sección I
Creación de una Autoridad Local: los Municipios. Ley No. 18.567 y modificativas

Artículo 543 ._
DEROGADO

Este art. fue derogado por Ley 18.644 promulgada el 12 de febrero de 2010 y publicada en el Diario Oficial el 22/02/2010 artículo 2.
 


Las Juntas Locales integradas al momento de la promulgación de la presente ley pasarán a ser Municipios, a partir de la elección de sus autoridades en el año 2010, de acuerdo con lo establecido en el inciso tercero del numeral 9º) del artículo 77 de la Constitución de la República.

FuenteObservaciones
art. 2
art. 23